- Tiempo Completo:
- Sí
- Número de Trabajadores Solicitados:
- 8
- Deberes Laborales:
- Cosecha de césped: Bajo una supervisión estrecha y directa, los trabajadores realizarán tareas manuales rutinarias de nivel básico para cosechar el césped. Los trabajadores montarán o caminarán junto a la cosechadora de césped, tomarán manualmente el césped cortado de la cinta transportadora de la máquina y lo apilarán en paletas de madera. Como actividad incidental, los trabajadores pueden ocasionalmente conducir o maniobrar un tractor utilitario de movimiento lento a bajas velocidades dentro del campo bajo supervisión directa; No se requiere experiencia previa ni licencia de conducir, y se darán instrucciones de seguridad proporcionadas por el empleador antes de la operación. Al final del turno, los trabajadores realizarán el cuidado básico de rutina del equipo, incluida la aplicación de lubricante con una pistola de engrase manual y el llenado de los tanques de combustible para el siguiente día de trabajo. Todas las tareas son básicas, rutinarias y no requieren experiencia previa, capacitación especial ni licencias.
Los trabajadores deben ser capaces de realizar trabajos manuales extenuantes al aire libre durante períodos prolongados en condiciones climáticas variables, incluyendo calor, frío, humedad, viento y lluvia, durante el total de horas ofrecidas en el contrato de trabajo. Los deberes requieren fuerza física y resistencia para caminar, agacharse, arrodillarse, levantarse, cargar, alcanzar y pararse durante períodos prolongados. Los trabajadores deben ser capaces de realizar movimientos repetitivos de manos y brazos a lo largo de la jornada laboral mientras mantienen un flujo de trabajo continuo. El empleador proporcionará, sin costo alguno para el trabajador, todas las herramientas, suministros, equipos y equipos de protección personal necesarios para realizar las tareas asignadas. De acuerdo con la ley aplicable, el empleador puede recuperar el costo razonable de reparar o reemplazar herramientas o equipos dañados por mala conducta intencional o negligencia grave de un trabajador, siempre que dicha deducción sea autorizada por escrito por el trabajador después de que ocurra el daño y no reduzca el AEWR o cualquier requisito de salario mínimo aplicable. A discreción exclusiva del empleador, los trabajadores pueden recibir una compensación adicional o un pago por encima de la tasa salarial ofrecida en función de factores como la antigüedad, la asistencia o la calidad general del trabajo, siempre que dichos pagos se apliquen de manera consistente y no modifiquen los términos y condiciones de empleo básicos establecidos en esta orden de autorización.
Cuando las necesidades de producción lo requieran, el empleador puede ofrecer horas en exceso del horario diario o semanal establecido en el ETA-790, existe la posibilidad de que las horas de trabajo disponibles superen el 20% de las horas ofrecidas, pero no están garantizadas. Estas horas adicionales son estrictamente voluntarias y no están garantizadas; ningún trabajador está obligado a trabajar más allá de las horas contratadas, en días festivos federales o en su día de reposo, y ningún trabajador será penalizado por rechazar dicho trabajo. Debido a la naturaleza de la agricultura, los trabajadores deben esperar períodos ocasionales de poco o ningún trabajo debido al clima, la madurez de los cultivos u otras condiciones fuera del control del empleador. Estos períodos pueden ocurrir en cualquier momento durante la temporada. En el caso de una licencia solicitada por el trabajador durante los períodos de trabajo disponible, todas las horas perdidas se deducirán de las horas reales trabajadas, pero se acreditarán como "horas ofrecidas" para el cumplimiento de la garantía de tres cuartos. Los trabajadores son responsables de proporcionar su propia ropa de trabajo adecuada.
El empleador proporcionará una copia escrita del contrato de trabajo, que consiste en el Formulario ETA certificado 790/790A y cualquier modificación aprobada, o un acuerdo escrito por separado, sin costo para cada trabajador en un idioma que entiendan, asegurando que la divulgación ocurra a más tardar en el momento de la solicitud de visa para aquellos que requieren una visa, el momento de la oferta de trabajo para aquellos que no requieren una visa o se transfieren de un empleador H-2A posterior, y a más tardar el primer día de trabajo para los que tengan el empleo correspondiente; Además, el empleador y sus agentes tienen estrictamente prohibido retener o confiscar el pasaporte, la visa u otra identificación emitida por el gobierno de un trabajador, y toda la documentación que evidencie la provisión de estos contratos se mantendrá de acuerdo con los requisitos federales de mantenimiento de registros.
- Clasificación de Puestos de Trabajo:
- 45-2092.00 - Farmworkers and Laborers, Crop, Nursery, and Greenhouse