- Tiempo Completo:
- Sí
- Número de Trabajadores Solicitados:
- 13
- Deberes Laborales:
- Realice una variedad de tareas de asistencia en instalaciones de entretenimiento o recreación. Vender y cobrar boletos / tarifas, ayudar a los clientes; erigir, derribar, operar / asistir a cabinas de diversiones y mantener equipos; paseos y juegos; hacer cambios; vender y servir comida. Mantener inventarios de equipos, almacenar/recuperar artículos y ensamblar/desmontar equipos según sea necesario. Monitorear las actividades para garantizar el cumplimiento de las reglas y procedimientos de seguridad. Prepare alimentos como hamburguesas, papas fritas, tacos, burritos, sándwiches, preparación de alimentos. Configure: almacene / limpie y esté listo para el servicio, derribe: empaque el stock y cierre la cabina, levante objetos pesados y físicamente móvil, opere juegos y cabinas de concesión.
Las horas, el horario y los días varían, generalmente trabajando un turno de 9 horas entre las 10:00 a.m. y las 11:00 p.m. (hora del turno de muestra: 10 a.m.-7 p.m., con un descanso no remunerado de 1 hora); 35 - 40hrs./sem., horas adicionales pueden ser requeridas o disponibles, pueden incluir fines de semana y días festivos. Las necesidades de trabajo (es decir, horas, días, horario, ubicación y puestos de trabajo) varían. Las necesidades de trabajo están sujetas a la práctica de la industria y no están garantizadas por día, por semana, por horario, por ubicación o por trabajador, por ejemplo, lluvias, períodos breves sin eventos programados, fechas y horas del evento establecidas por acuerdo con el patrocinador y sujetas a cambios (según el clima adverso, las horas de operación, el día de la semana, la asistencia, el tamaño del evento, horarios escolares, cantidad de equipos en funcionamiento, dotación de personal, etc.), y cancelaciones imprevistas. En el caso de eventos aprobados y superpuestos, las necesidades de trabajo pueden hacer que los trabajadores se ajusten.
El pago varía según la ubicación de cada lugar de trabajo, $ 10.86 - $ 16.00 por hora. En Arizona y Texas, no se pagará ninguna prima de horas extras, ya que no es requerida por la ley federal, estatal o local. En California, se pagará una prima por horas extras cuando lo exija la ley federal, estatal o local, incluso en el momento y medio después de ocho horas en un día y durante las primeras ocho horas en el séptimo día consecutivo de trabajo en una semana laboral; al doble de tiempo después de 12 horas en un día y para todas las horas trabajadas más de ocho en el séptimo día consecutivo de trabajo en una semana laboral; y a tiempo y medio después de 40 horas en una semana laboral. Generalmente, cuando las horas extras están disponibles, se pagarán $ 24.00- $ 32.00 por hora según la localidad en que se realice el trabajo y la tarifa base de pago ofrecida por hora.
Viaje requerido y proporcionado para trabajar en Riverside, San Bernardino, Los Ángeles, Ventura, Orange y San Diego Co.'s, CA; Maricopa y Pima Co.'s, AZ; Harris, Dallas, y Bexar Co.'s, TX. Viaje proporcionado a todos los eventos según el itinerario. Debe viajar de su casa en el lugar de trabajo anterior al siguiente lugar de trabajo. Transporte opcional a los lugares de trabajo proporcionado sin costo para el trabajador. El trabajo se realiza al aire libre en cualquier clima.
El empleador se reserva la opción de proporcionar una compensación adicional por el desempeño y la tenencia o puede aumentar los salarios en función de los cambios en las condiciones del mercado. No se requiere educación ni experiencia. Pago recibido semanalmente, semana laboral única utilizada para calcular los salarios. El empleador hará todas las deducciones del cheque de pago del trabajador requeridas por la ley. La vivienda compartida opcional del empleador ($ 120 / sem.) está disponible para crédito salarial y / o deducción, o cualquier cantidad menor en la medida máxima no prohibida por la ley. El empleador pagará el costo de esta vivienda en la medida en que dicho costo reduzca el pago por debajo de la tasa salarial ofrecida para las áreas de empleo previsto. Viajes de conveniencia local valorados en ($ 20 / sem.), y alimentos disponibles para crédito salarial y / o deducción, o cualquier cantidad menor en la medida máxima no prohibida por la ley.
- Clasificación de Puestos de Trabajo:
- 35-3023.00 - Fast Food and Counter Workers