- Tiempo Completo:
- Sí
- Número de Trabajadores Solicitados:
- 5
- Deberes Laborales:
- Realice una variedad de tareas de asistencia en instalaciones de entretenimiento o recreación. Cobrar boletos /tarifas; ayudar a los clientes; erigir, desmontar, atender/operar y mantener el equipo; hacer cambios; vender y servir alimentos y bebidas. Prepare alimentos como algodón de azúcar, palomitas de maíz, manzanas caramelo, pizza, nachos, tacos a la parrilla y conos de helado, sundaes y bebidas. Configurar - stock / limpiar y listo para el servicio, desmontar - empacar el stock y cerrar la cabina, levantar objetos pesados y físicamente móvil. No se requiere educación ni experiencia. Se proporciona capacitación en el trabajo.
Las horas, el horario y los días varían: tiempo de turno de muestra: 10 a.m.-7 p.m., descanso no remunerado de 1 hora; 35- 40hrs./sem. horas adicionales pueden ser requeridas o disponibles, pueden incluir fines de semana y días festivos. Las necesidades de trabajo (es decir, horas, días, horario, ubicación y puestos de trabajo) varían. Las necesidades de trabajo están sujetas a la práctica de la industria y no están garantizadas por día, por semana, por horario, por ubicación o por trabajador, por ejemplo, lluvias, períodos breves sin eventos programados, fechas y horas del evento establecidas por acuerdo con el patrocinador y sujetas a cambios (según el clima adverso, las horas de operación, el día de la semana, la asistencia, el tamaño del evento, horarios escolares, cantidad de equipos en funcionamiento, dotación de personal, etc.), y cancelaciones imprevistas. En el caso de eventos aprobados y superpuestos, las necesidades de trabajo pueden hacer que los trabajadores se ajusten.
El pago varía según la ubicación de cada lugar de trabajo, $ 11.42 - $ 15.20 por hora. En Louisiana, Texas y Wyoming, no se pagará ninguna prima por horas extras, ya que no es requerida por la ley federal, estatal o local. En Nuevo México, se pagará una prima de horas extras cuando lo exija la ley federal, estatal o local, incluso en el momento y medio después de 40 horas por semana laboral. En Colorado, se pagará una prima por horas extras cuando lo exija la ley federal, estatal o local, incluso en el momento y medio después de 40 horas en una semana laboral; 12 horas en una jornada laboral; y después de 12 horas consecutivas sin tener en cuenta la hora de inicio y finalización de la jornada laboral. En general, cuando las horas extras están disponibles, se pagarán a $ 21.26 - $ 22.80 por hora según la localidad en que se realice el trabajo y la tarifa base de pago ofrecida por hora. El empleador se reserva la opción de proporcionar una compensación adicional por el desempeño y la tenencia o puede aumentar los salarios en función de los cambios en las condiciones del mercado. Pago recibido semanalmente, semana laboral única utilizada para calcular los salarios.
El empleador es un proveedor de concesión de viajes al aire libre con viajes requeridos desde el lugar del evento hasta el lugar del evento. Alojamiento y transporte hacia / desde cada ubicación del evento ofrecido a todos los empleados bajo esta oferta de trabajo. Viaje requerido y proporcionado para trabajar en los condados de Dimmit, Hays, La Selle, Jefferson, Atascosa, Howard, Bexar, Ector, Coryell, Victoria, Lavaca, Midland, Guadalupe y Upshur, TX; Caddo Parish Co., LA; Condado de Chaves, NM; Condado de Pueblo, CO; y los condados de Natrona, Laramie y Converse, Wyoming. Viaje proporcionado a todos los eventos según el itinerario. Debe viajar de su casa en el lugar de trabajo anterior al siguiente lugar de trabajo. Transporte opcional a los lugares de trabajo proporcionado sin costo para el trabajador. El trabajo se realiza al aire libre en cualquier clima.
- Clasificación de Puestos de Trabajo:
- 39-3091.00 - Amusement and Recreation Attendants